CAPITULO XXXII

CAPITULO XXXII
Representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo

Numeral 56.- Los alumnos estarán representados por un compañero del último grado ofrecido por la institución. Este será elegido por el consejo de estudiantes entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado.

Se fija como criterio para elegir al Representante ante el consejo directivo que el alumno cumpla con los requisitos establecidos en el numeral 18.17 de los principios y/o reglas generales de la institución.